miércoles, 25 de mayo de 2011

El Sucio’ a juicio por el asesinato de Mijail

Martes 24 Mayo 2011 - 09:36 Este jueves tendrá lugar la audiencia preliminar contra el único detenido por el crimen de Mijail Martínez, cometido el 26 de noviembre de 2009. Homicidio intencional calificado por motivos fútiles e innobles es lo que le imputan a Carlos Alberto Zavarce Carucí, alias ‘El Sucio’, capturado el pasado 15 de marzo, luego que el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3, a cargo del abogado Carlos Torrealba, dictara orden de captura en su contra. La Fiscalía Segunda investiga el caso.
REDACCIÓN ELINFORMADOR/GERARDO MORÓN.- Según el expediente, a las 7:00 am Mijail Baudilio se hallaba en una Terios estacionada frente a su vivienda, en la carrera 9 entre calles 61A y 61B del barrio Ezequiel Zamora, a la espera de que su madre Rosa de Martínez saliera para llevarla a su trabajo.

Su madre salía y escuchó una voz fuerte que venía desde la calle. Se asomó por la ventana observando a un desconocido detrás de la camioneta en una actitud sospechosa. Ella presenció cuando el sujeto sacó un arma de fuego y efectuó tres tiros a Mijail.

‘El Sucio’ fue señalado como partícipe. Tras ser detenido se realizó la audiencia de presentación en la cual el Tribunal 7º de Control ordenó su reclusión en la cárcel de Uribana, a solicitud de la Fiscalía 2ª. Para el ex parlamentario Víctor Martínez, padre de Mijail, además de ‘El Sucio’ el otro autor es Jean Carlos Pérez, alias ‘Jeancarlitos’. Martínez, quien convocó para hoy a las 9:00 de la mañana una rueda de prensa en un céntrico hotel, donde dará a conocer sus impresiones, de cara a la audiencia de pasado mañana.

domingo, 22 de mayo de 2011

Hércules

Solo, ando solo, el Hércules también,

La pista se prepara para hacemos andar, volar,

Hércules se prepara para el despegue,

Mi cámara se hace indetenib

y empieza a capturar señales y emociones,

Todo se vive y desvive

Ante mí mirada cual niño jugando

En un parque de diversiones,

Muchos muy aguardados ante el frío,

Yo solo, desnudo y libertario,

Risas y risas, me sonríen, les sonrío,

Personajes con vivencias distintas

Acentúan mi emoción por conocer

Al son del desapegue casi divino

Donde una tierra fértil nos aguardaba

A aquellas que gozábamos del momento.

Santa cruz se aproxima,

La tarde se desvanece poco a poco

Acentos distintos yacían en momentos

Inesperados

Hércules se hace un lugar en la pista

Algarabía bendecida por el hallado

Sentimiento de libertad


(Mijaíl Martínez)

lunes, 2 de mayo de 2011

Criminalización y judicialización contra defensores y defensoras de derechos humanos en Venezuela mayo 3, 2011


Posteo mi contribución al informe 2010 de Espacio Público sobre el Derecho a la Libertad de Expresión e Información en Venezuela, acerca de las amenazas del último año contra quienes trabajamos en defensa de los derechos humanos en el país. Si desea descargar el informe completo, visitar ACA

Criminalización y judicialización contra defensores y defensoras de derechos humanos en Venezuela

Rafael Uzcátegui

Para los defensores y defensoras de derechos humanos en Venezuela el año 2010 comenzaba con tormenta. Había pasado poco más de un mes que el asesinato de un joven activista, en la ciudad de Barquisimeto, había encendido todas las alarmas. El 26 de noviembre del 2009, a las 7 y 15 de la mañana, Mijail Martínez, videoactivista y miembro del Comité de Víctimas contra la Impunidad del estado Lara (Covicil), recibió tres disparos en el pecho por parte de dos desconocidos. Martínez no ofreció resistencia a los asaltantes. La camioneta Terio de su madre, quien presenció el asesinato, se mantuvo encendida durante el ataque. Las llaves colgaron, en aquellos segundos eternos, impotentes a un costado del volante. En apenas un mes se produjeron una serie de incidentes oscuros por parte de los cuerpos responsables de las investigaciones, los cuales escandalizarían a un estudiante del primer año de derecho.

Este antecedente, si bien formaba parte de un contexto de obstaculización del trabajo en defensa de los derechos humanos en el país, presagiaba un 2010 turbio. Los hechos confirmaron los malos augurios. Según información levantada por el Comité de Familiares Víctimas de los Sucesos de Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic), durante un período ubicado entre diciembre del 2009 y diciembre del 2010 sucedieron 50 casos de violación a la integridad de los y las activistas, los cuales afectaron a un total de 38 personas[1]. El análisis de Cofavic sobre el total es revelador: las amenazas y actos de hostigamiento representaron el 40% de los ataques, los cuales fueron denunciados por un total de 20 activistas. En segundo lugar se ubicaron las campañas de descrédito que afectaron a 14 personas, un porcentaje de 28% respecto al total de ataques. Seguidamente tanto las ejecuciones extrajudiciales como las privaciones de libertad afectaron a 4 personas, 8 % de la suma general (8% respectivamente); 3 defensores fueron detenidos arbitrariamente mientras ejercían el derecho a manifestar pacíficamente (6%); 2 fueron víctimas de lesiones y ataques (4%); 2 fueron judicializados por recepción fondos (4%) y, finalmente, uno fue objeto de seguimiento y vigilancia (2%).

Los datos cuantitativos no lo son todo, pero nos dan un panorama introductorio sobre las dificultades para los activistas locales. Contrario a lo que se pudiera pensar, sólo el 29% de las agresiones se produjeron en el Distrito Capital, seguidas por 26% en el estado Aragua y 10% en el estado Zulia. Como bien resalta Cofavic que la mayoría de las agresiones ocurran fuera de Caracas refleja la vulnerabilidad de quienes ejercen su labor en el interior del país. Por otra parte el 60% de los casos fueron contra personas de sexo masculino. Entre los defensores y defensoras más victimizadas se encontraron quienes ejercieron la defensa del derecho a la vida, integridad y debido proceso, representando un 61% del total. Seguidamente se encontraron aquellos cuyo trabajo es la defensa de los pueblos indígenas y las personas en situación de refugio (13%); derechos económicos sociales y culturales (8%); libertad de expresión (5%), derechos de privados de libertad (5%); derecho a la tierra y propiedad (5%) y derechos laborales y sindicales (3%).

Las etapas de la criminalización

La creciente situación de indefensión de los defensores y defensoras de derechos humanos en Venezuela ocurre en medio de una política deliberada para incorporar a la lógica estatal a todas las iniciativas sociales. Las refractarias a la cooptación, o aquellas que a pesar de apoyar la gestión oficial intenten conservar un margen importante de autonomía, son sometidas a un sistemático proceso de desnaturalización de sus funciones.

Según la Fundación por el Debido Proceso Legal de México[2], existe una cadena de acontecimientos cuyo cumplimiento revela la presencia de una política de criminalización gubernamental. En primer lugar establecen el cierre de los canales y mecanismos de diálogo y negociación por parte del Estado, lo cual obliga a las organizaciones populares al aumento de intensidad y radicalización de sus movilizaciones (cierre de vías, huelgas de hambre, tomas simbólicas, etc), como manera de llamar la atención de las autoridades ante la ausencia de vías institucionales de canalización y satisfacción de sus demandas.

Los datos recopilados tanto por el Programa Venezolano de Educación Acción en derechos humanos, Provea, como por Espacio Público confirman el cumplimiento de este primer nivel. En los últimos años el país ha presenciado un aumento sustancial de la cantidad de protestas en el país, cuya una de sus motivaciones son la falta de respuestas de las autoridades. Para el año 2010 se realizaron 3.315 manifestaciones en Venezuela, una cantidad que duplica, en apenas tres años, la cifra registrada en el año 2007, cuando sucedieron 1.576 episodios. Provea afirmó que, además del aumento de la conflictividad, existe un proceso de radicalización de la manifestación pacífica entre nosotros. Esto lo demostraría la realización de 105 huelgas de hambre en el período octubre 2009 – septiembre 2010, un extraordinario aumento del 700 % respecto al período anterior, cuando apenas se habían detectado 5 casos. Ante la creciente cantidad de movilización popular la respuesta institucional es gaseosa, tanto de las propias autoridades como de la Defensoría del Pueblo, un ente que en teoría debería ponerse de lado de los reclamos de la ciudadanía.

Una situación relacionada acerca del autismo oficial lo constituye la estrategia de invisibilización de buena parte de los reclamos populares en los medios estatales, incluyendo dentro de este universo a los denominados medios “alternativos” y “comunitarios”. Un ejemplo lo constituye la ilegítima privación de libertad del sindicalista Rubén González por haber apoyado una huelga de trabajadores, situación inexistente si se intenta ubicar dentro de los informativos estatales y paraestatales. Esta práctica constituye una violación al derecho a la libertad de expresión e información por parte de los medios públicos y es una estrategia para criminalizar doblemente a los sectores movilizados: Una vez por la propia exigencia abierta de sus demandas. La segunda por utilizar medios privados señalados como “contrarrevolucionarios” y “golpistas”.

2: La deslegimación y deshumanización

El segundo eslabón de la cadena lo constituye la progresiva deslegitimación y desprestigio contra los voceros, voceras y grupos sociales que ejercen con visibilidad su derecho a la manifestación. Esta campaña de descrédito se caracteriza por que los funcionarios y funcionarias no discuten las motivaciones y hechos que generan el descontento, sino que interpelan la legitimidad de los propios actores movilizados, sugiriendo su naturaleza mercenaria, su pertenencia a un plan desestabilizador o a organizaciones extranjeras promotoras de acciones ilegales. Si bien las acusaciones son realizadas desde diferentes actores institucionales, sus cajas de resonancia más activas son medios de comunicación controlados por el Estado y profesionales (periodistas, investigadores o abogados) que si bien responden a una dinámica cuyo epicentro es el Ejecutivo, con el cual mantienen una relación indirecta, aparentan que los señalamientos son parte de la preocupación de un sector de la ciudadanía.

El caso emblemático en el período de esta segunda fase lo constituyó la campaña de desprestigio realizado contra la ONG Espacio Público, y su director Carlos Correa. Esta campaña incluyó dos audiovisuales transmitidos reiteradamente por Venezolana de Televisión, mensajes por la red Twitter remitidos por el ministro de Interior y Justicia Tareck El-Aissami (“Lo dicho por Carlos Correa de Espacio Público son opiniones tarifadas. Nunca se dijo nada cuando los asesinatos Yumare, Cantaura y 11 de Abril” y “No acostumbro responder descalificaciones pero el caso Carlos Correa de Espacio Público solo decir es fácil calumniar con un bozal de dólares”) y Andrés Izarra, presidente de la cadena trasnacional Telesur (“ONG Espacio Público, financiada por los gringos, fue al TSJ a oponerse al CESNA -Centro de Estudio Situacional de la Nación-: haciéndole el mandado a sus dueños”), ilustraciones difamatorias en el diario VEA y Correo del Orinoco, comentarios en el programa “La Hojilla”, diferentes textos noticiosos difundidos por los medios de comunicación estatales y la solicitud de la apertura de una investigación sobre el financiamiento internacional, en la Fiscalía General de la República, a cargo de la organización gubernamental “Periodismo Necesario”.

Es importante señalar que el objetivo de esta estrategia sistemática de desprestigio es la deshumanización de los actores que el Estado define como sus contrarios. Detengámonos en este punto. La deshumanización es un proceso psicosocial por medio del cual un ser humano llega a percibir a otro como “no humano” lo cual permite que pueda eliminarlo o agredirlo sin las inhibiciones morales que en condiciones normales impiden los actos de violencia entre iguales. En consecuencia las agresiones contra seres “no vivos” o despojados de su humanidad son percibidos como normales, inevitables, merecidas y justificadas, obteniendo sus victimarios reconocimiento social por su acción. La deshumanización es promovida por diferentes medios, uno de ellos es el lingüístico: el uso de palabras despectivas, convenientemente resignificadas, para redefinir a las víctimas y exponerlas como merecedoras de agresión. Por medio de esta estrategia los voceros y voceras estatales no discuten o refutan los mensajes cuestionadores provenientes de los actores sociales con argumentos o datos, sino que permanentemente descalifican al mensajero con epítetos deshumanizadores: tarifados, apátridas, derechistas, imperialistas o escuálidos, entre otros. Al transformar “personas” en “cosas”, perjudiciales y negativas, el Estado promueve ante la opinión pública su eliminación simbólica o física.

La política deslegitimadora y deshumanización gubernamental contra Carlos Correa ha empezado a recoger sus frutos: El jueves 16 de diciembre del 2010 fue agredido físicamente y amenazado de muerte por personas desconocidas cuando, frente a la Asamblea Nacional en el centro de Caracas, solicitaba un derecho de palabra en el hemiciclo.

3: Represión y judicialización

El tercer escalón de la escalera de criminalización lo constituye la represión directa y la judicialización de las personas que exigen el respeto a los derechos humanos.

De las 3315 protestas registradas por Provea y Espacio Público para el 2010 una cantidad de 150 fueron reprimidas, impedidas u obstaculizadas por los organismos de seguridad del Estado, lo que representó un 4,59% del total. Sin embargo, los datos recopilados muestran que se viene desarrollando una estrategia que intenta persuadir a los manifestantes que prioriza la aplicación de mecanismos jurídicos sobre la represión abierta. Si bien durante las décadas de los ochentas y los noventas las fuerzas policiales y militares confrontaban físicamente las protestas como manera usual de neutralizarlas, el alto costo político de esta estrategia, en tiempos de alta circulación de imágenes por los medios de comunicación, ha privilegiado otras tácticas de disuasión, como la aplicación de leyes y reglamentos justificando que, desde el primer momento en que la protesta se desencadenó, la misma se encontraba fuera de la ley. Por ello se realizan detenciones selectivas y se somete a los defensores y defensoras a largos y engorrosos procesos penales, que aleatoriamente terminan con una sentencia de cárcel, suficientemente ejemplarizante para desestimular al conjunto de la organización social pero en una cantidad que no desencadene una respuesta de calle mayor de los sectores afectados.

Un caso de represión abierta fue la detención de 3 defensores de derechos humanos y 25 trabajadores y líderes sindicales en la ciudad de Maracay, estado Aragua, el 12 de marzo de 2010 mientras se realizaba una marcha contra el paquete económico y la criminalización de la protesta convocada por la Unión Nacional de Trabajadores (UNETE) sección Aragua. Los activistas de DDHH fueron detenidos mientras líderes sindicales denunciaban en televisión la represión contra la movilización, la cual fue impedida mediante el uso de bombas lacrimógenas y un despliegue desproporcionado de la Policía estatal. Después de estar detenidos por espacio de siete horas en la Comisaria General de San Jacinto, dos llamadas telefónicas desde Caracas –la Fiscal General Luisa Ortega Díaz y la Defensora del Pueblo Gabriela del Mar Ramírez- ordenaron la inmediata liberación del grupo y la destrucción de los expedientes que atestiguaran su presencia en el recinto. 8 se encontraban ya hacinados en una pequeña celda de 2 x 1 metros.

En el apartado de judicialización existen dos dimensiones: La primera, una serie de restricciones para el ejercicio de la manifestación pacífica. La segunda, la creación de un orden jurídico que penaliza la recepción de fondos por parte de la cooperación internacional, base del trabajo independiente de las ONG´s en Venezuela y el mundo. En el primer caso, un ejemplo grave lo constituyó la privación de libertad del Secretario General de Sintraferrominera, Rubén González, encarcelado desde el mes de septiembre del 2009 por apoyar una huelga de trabajadores. González ha sido acusado de “agavillamiento”, “instigación pública a delinquir”, “restricción a la libertad del trabajo”, y “violación de la zona de seguridad” y una posible sentencia negativa en su contra podría condenarlo a penas de prisión entre 3 y 8 años. Estas acusaciones se derivan de los artículos que, desde el año 2005, obstaculizan el ejercicio del derecho constitucional a la manifestación pacífica en el país. Estas leyes son la reforma del Código Penal, la cual en su artículo 357 penaliza el cierre de calles –la herramienta histórica de lucha del movimiento popular venezolano- con penas de prisión entre y 8 años de cárcel. Otros artículos aplicados contra manifestantes son el 47 y 56 de la Ley Orgánica de Seguridad -5 a 10 años por actividades dentro de las zonas de seguridad- de la Nación; el 139 y 141 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios – 6 a 10 años de prisión para quien impida la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes declarados de primera necesidad- y el 24 y 25 de la Ley Especial de Defensa Popular contra el acaparamiento, el boicot y cualquier otra conducta que afecte el consumo de alimentos o productos sometidos al control de precios –2 a 6 años de cárcel para quienes conjunta o separadamente lleven a cabo acciones que impidan la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos sometidos al control de precios. Las penas serán duplicadas cuando se afecte la seguridad integral de la Nación, se desestabilice las instituciones democráticas o se genere alarma que amenace la paz social-. Destacamos el hecho que, según estimaciones de la Directora de la Asociación Civil “Control Ciudadano”, Rocío San Miguel, el 34% del territorio nacional es considerado “zona de seguridad”.

Sobre la arquitectura de leyes que penalizan la recepción de fondos para el trabajo de iniciativas sociales y organizaciones no gubernamentales desde el año 2006 se ha promovido la discusión, para su posible aprobación, de una Ley de Cooperación Gubernamental. Después de haberse aprobado en primera discusión, por parte de la Asamblea Nacional, el proyecto quedó congelado. Durante el 2010 volvió a ser noticia tras la petición de la abogada de origen estadounidense Eva Golinger, quien solicitó una “ley antiinjerencia” tras acusar a Espacio Público y al Instituto Prensa y Sociedad (Ipys) de recibir un financiamiento de 4 millones de dólares por parte del Departamento de Estado de Estados Unidos. El presidente Chávez, en una declaración realizada el 14 de julio de 2010, pidió investigar “a fondo” los “millones y millones de dólares” que destina el Departamento de Estado estadounidense para financiar a organizaciones no gubernamentales (ONG’s) venezolanas. Seguidamente algunos voceros del alto gobierno anunciaron su disposición de aprobar la Ley de Cooperación Internacional antes de finalizar el año. Finalmente se anunció que la misma entraría dentro de las facultades habilitantes otorgadas por 18 meses al primer mandatario en diciembre del 2010.

Mientras las ONG´s realizaban la denuncia sobre las implicaciones de la Ley de Cooperación Internacional para la defensa de los derechos fundamentales en el país, de manera sorpresiva, el 12 de diciembre del 2010 la Asamblea Nacional presentó el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Política y al Autodeterminación Nacional (LDSPAN), la cual fue aprobada en pocos días y prohíbe expresamente que las organizaciones con fines políticos venezolanas reciban aportes del exterior. El artículo 3 de la LDSPAN establece como “organizaciones con fines políticos” aquellas que realicen tres tipos de actividades: 1) Promuevan la participación de los ciudadanos en los espacios públicos; 2) Ejerzan control sobre los poderes públicos y 3) Promuevan candidatos que aspiran ocupar cargos públicos de elección popular. Dos de las tres actividades que según la ley definen una “organización con fines políticos” no tienen nada que ver con procesos electorales. Al contrario tienen que ver con formas de actuación bajo la cual pueden ser descritas casi todas las iniciativas populares y sociales del país, lo cual es reforzado por un segundo tipo de organizaciones descritas en dicha ley, las “organizaciones para la defensa de los derechos políticos”: “aquellas que tengan por finalidad en su constitución promover, divulgar, informar o defender el pleno ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía”. Si bien la LDSPAN no explicita cuáles son los derechos que califica como políticos, este tipo de derechos se encuentran registrados en los artículos 62 al 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Estos son: el derecho a participar libremente en los asuntos públicos y la formación, ejecución y control de la gestión pública (62), el derecho al sufragio (63), el derecho a la rendición de cuentas por parte de los funcionarios públicos (66), el derecho a la asociación con fines políticos y a postular candidatos/as (67), el derecho a la manifestación pacífica (68) y el derecho al asilo y refugio (69). Todas las organizaciones o iniciativas que promuevan uno o varios de los derechos anteriores serán normadas por la ley, y por ende, no podrán recibir ningún tipo de recursos económicos de las agencias de cooperación internacionales.

4: Las acusaciones sin pruebas

Como tope de la cadena de criminalización diagnosticada por la organización mexicana se encuentra la promoción de acusaciones sin pruebas contra defensores de derechos humanos y líderes sociales. La misma persigue la finalidad de intimidar a todos los que se organizan para defender y revindicar sus derechos. El caso ejemplo de estrategia lo constituyó la acusación del señor Alberto Nolia, a través del programa “Los papeles de Mandinga transmitido por Venezolana de Televisión el día 09 de septiembre de 2010, contra Provea debido a que recibía financiamiento “proveniente del mundo de la droga”.

A pesar de los hostigamientos, obstáculos y descalificaciones, los defensores y defensoras de Derechos Humanos continuaremos nuestro trabajo, sorteando todas y cada una de las adversidades. No solamente por nuestra fidelidad con la democracia, la justicia social y la libertad, sino porque tenemos un compromiso humano con nuestros beneficiarios y beneficiarias, las víctimas, personas de carne y hueso que sufren por la violación de sus derechos y a las cuales les hemos empeñado nuestra palabra. Parafraseando una frase del pensador ruso antiautoritario Miguel Bakunin: “La dignidad de los demás eleva la nuestra hasta el infinito”.


[1] Por su parte la Vicaría de Derechos Humanos de Caracas registró 18 casos diferentes de ataques a defensores y defensoras durante el mismo período. Al cruzar la información de las dos bases de datos anteriores tenemos que la Vicaría aporta sólo un caso adicional a lo recopilado por Cofavic (Rafael Escobar Ugas), lo que daría un total 39 personas para 51 casos. Sin embargo, mantenemos el análisis difundido por el Comité de Familiares y Víctimas de los sucesos de febrero y marzo del 89.

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